| Pretensión | Solicitado | Resultado | Reconocido |
|---|---|---|---|
| Declarar infundada la primera pretensión principal | — | Infundada | — |
| Declarar infundada la segunda pretensión principal | — | Infundada | — |
| Declarar infundada la primera pretensión accesoria | — | Infundada | — |
| Declarar infundada la segunda pretensión accesoria | — | Infundada | — |
| Ordenar que cada parte asuma sus propios costos y prorratear honorarios del Árbitro Único y Secretaría Arbitral | — | Fundadaenparte | — |
Costas del arbitraje a cargo de: Compartidas.
Estos valores se obtuvieron de forma automatizada a partir del PDF del laudo y pueden contener errores. El OECE no publica el resultado de los arbitrajes como dato estructurado, así que esta lectura es nuestra y no tiene carácter oficial.
Antes de usar esta información para cualquier decisión, verifíquela en el documento original, enlazado más abajo. Al leerlo: algunos importes tuvimos que interpretarlos del texto.
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- Número de contrato
- N° 200-2016-MINEDU/SG-OGA-OL
- Proceso de selección
- ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA N° 148-2016
- Arbitrajes de este contrato
- 1
- Objeto
- Servicios
- Árbitro único
- Peña Acevedo Juan Humberto
- Tipo de arbitraje
- Ad Hoc
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