La Ley de Contrataciones del Estado establece diferentes procedimientos de selección según el objeto de la contratación (bienes, servicios, consultorías u obras) y el monto involucrado. Conocer cada tipo te ayudará a identificar en cuáles puedes participar y cómo preparar tu oferta.
Desde el 22 de abril de 2025 rige la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, que cambió el mapa de procedimientos: la adjudicación simplificada dejó de existir y su tramo de montos lo cubren ahora la licitación pública abreviada y el concurso público abreviado. Los procesos convocados antes de esa fecha conservan su nombre y sus reglas, por eso todavía los verás en el buscador. A continuación, te explicamos cada procedimiento vigente.
La Licitación Pública se utiliza para la contratación de bienes y la ejecución de obras cuando el valor referencial se encuentra por encima de los topes establecidos en la Ley de Presupuesto del Sector Público.
El Concurso Público se emplea para la contratación de servicios en general y consultorías cuando el valor referencial también supera los topes establecidos. La diferencia fundamental con la Licitación Pública es el objeto: servicios versus bienes y obras.
Ambos procedimientos requieren un comité de selección, la publicación de bases en el SEACE, la absolución de consultas y observaciones, y un plazo mínimo entre la convocatoria y la presentación de ofertas que suele ser de al menos 22 días hábiles.
Son las modalidades abreviadas de la licitación y del concurso (artículo 54.2 de la Ley N° 32069; artículos 93 y 94 del Reglamento) y ocupan el tramo que antes cubría la adjudicación simplificada: más de 8 UIT (S/ 44,000 en 2026) y menos de S/ 485,000 en bienes y servicios, y hasta S/ 5,000,000 en obras. También se usan para bienes y servicios homologados, para la reconstrucción tras emergencias y para la segunda convocatoria de un proceso desierto.
Son más ágiles que la licitación o el concurso regulares, con plazos más cortos y, en bienes y servicios, el contrato puede perfeccionarse con una orden de compra o de servicio si las bases lo prevén. Los conduce un oficial de compra o un comité, según el caso.
Si estás empezando a vender al Estado, este es el tramo de entrada: montos accesibles y requisitos menos exigentes. En el buscador de licitacionesperu.pe los encuentras filtrando por tipo de proceso; los convocados antes de abril de 2025 siguen figurando como adjudicación simplificada.
La Subasta Inversa Electrónica se utiliza para la contratación de bienes y servicios comunes que cuentan con ficha técnica aprobada e incluida en el Listado de Bienes y Servicios Comunes que administra Perú Compras (artículo 95 del Reglamento de la Ley N° 32069).
En este procedimiento, el factor de evaluación es únicamente el precio. Los proveedores compiten ofreciendo precios cada vez más bajos durante una puja electrónica. Es un proceso rápido y transparente, ideal para productos estandarizados como útiles de oficina, combustibles, alimentos, entre otros.
Para participar, el proveedor debe estar registrado en el RNP y cumplir con las especificaciones técnicas de la ficha del bien o servicio común.
Además de los procedimientos principales, la normativa contempla otras modalidades:
Para determinar en qué procedimiento puedes participar, considera lo siguiente:
En licitacionesperu.pe puedes filtrar las oportunidades por tipo de procedimiento, monto y categoría para encontrar las que mejor se ajusten a tu perfil.
En sentido estricto, la normativa peruana contempla varios procedimientos de selección, no solo tres. Los tres más usados son la Licitación Pública (bienes y obras de mayor monto), el Concurso Público (servicios y consultorías) y sus modalidades abreviadas (montos intermedios; hasta abril de 2025 ese tramo era la adjudicación simplificada). También existen la subasta inversa electrónica, la comparación de precios y los procedimientos no competitivos.
Con la Ley N° 32069 (vigente desde abril de 2025) los procedimientos competitivos son dos, con modalidades: Licitación Pública (bienes y obras) y Concurso Público (servicios y consultorías), cada uno con su versión abreviada para montos intermedios, que reemplaza a la adjudicación simplificada. Se suman la Subasta Inversa Electrónica (bienes y servicios con ficha técnica, se compite solo por precio), la Comparación de Precios, la compra pública de innovación, los procedimientos no competitivos y los Acuerdos Marco.
Las principales son Licitación Pública y Concurso Público, con sus modalidades abreviadas, y la Subasta Inversa Electrónica. A estas se suman las «modalidades de contratación eficiente» de la Ley N° 32069: contratos menores (hasta 8 UIT), compra corporativa y centralizada, Acuerdos Marco (catálogos electrónicos de Perú Compras) y compra pública de innovación; y los procedimientos no competitivos, solo para supuestos taxativos como emergencia o desabastecimiento. El procedimiento aplicable depende del objeto contratado y del monto.
La diferencia clave está en el objeto: la Licitación Pública se usa para contratar bienes y obras, mientras que el Concurso Público se usa para servicios en general y consultorías. Ambos aplican cuando el valor referencial supera los topes establecidos en la Ley de Presupuesto, requieren comité de selección, publicación en SEACE y un plazo mínimo entre convocatoria y presentación de ofertas (generalmente 22 días hábiles).
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